La pensión alimentaria puede ser establecida en la Sala Superior del Tribunal de Primera Instancia donde reside el menor. También puede ser a través de la Administración de Sustento de Menores (ASUME). Se puede fijar una pensión fuera del Tribunal. Nada impide que la madre y padre de los menores, como adultos responsables del bienestar…
¿Como se determina la cuantía a pagar de pensión si no trabajo?
La Guías para determinar y modificar pensiones de alimentos establece que si usted no trabaja, se le imputara a la persona el salario mínimo federal. A partir de los ingresos imputado de que puede ganar el mínimo federal se le fijara la correspondiente pensión.
¿Desde cuando es efectiva la pensión determinada?
La pensión establecida por Tribunal o ASUME sera retroactiva a la fecha en que se presento o se radico la solicitud de alimentos.
¿Cada cuanto tiempo se revisan las pensiones alimentaria?
Se puede solicitar revisión de la pensión alimentaria cada tres (3) años. Solo se puede radicar revisión antes de los tres años si ocurren circunstancias extraordinarias que lo ameriten. Si de radica antes de los tres años la persona que solicita la revisión tiene que explicar el porque es necesario se revise antes del tiempo…
¿Quien paga los honorarios?
Si usted es el padre sin custodia usted es responsable del pago de los honorarios del abogado que contrate y del abogado que represente a la otra parte. La ley establece que la parte que tiene a los niños contrata abogado y esa parte prevalece entonces usted pagara los honorarios de esa parte.