Requisitos para casarse en PR

El Art. 69. del Código Civil (31 L.P.R.A. sec. 231)Establece que para contraer matrimonio son: (1) Capacidad legal de los contratantes. (2) Consentimiento de las partes contratantes. (3) Autorización y celebración de un contrato matrimonial mediante las formas y solemnidades prescritas por la ley.   Ahora bien,  aun cuando la ley dice ¿esto realmente esto es lo importante?  Les recuerdo…

Definición Matrimonio en PR al 2017

El Artículo 68 del código civil de PR;  hace 30 años decía, luego la cambiaron y ahora es otra cosa.  Suena a un trabalenguas, pero es la realidad jurídica.  Este artículo me recuerda la expresión" quien le pone el cascabel al gato." Actualmente debemos leer algo que no fue escrito por los legisladores, por lo cual no se ha cambiado oficialmente.  Claro…