1) El deber de alimentarlos, tenerlos en su compañía, educarlos e instruirlos con arreglo a su fortuna, y representarlos en el ejercicio de todas las acciones que puedan redundar en su provecho. III.(2) La facultad de corregirlos y castigarlos moderadamente o de una manera razonable. IV.La administración de los bienes del menor.
Relaciones Filiares
Primero - ¿Qué es Filial? Es la relación biológica de un hijo/a con sus padre y madre. Por tanto; las Relaciones Filiares es: el derecho que poseen los hijos de conocer y compartir con sus padre y con su madre.
Tercero-¿ Qué es Patria Potestad?
Es el poder y autoridad que tienen los padres sobre los hijos que aún no están emancipados.
Criterio para otorgar custodia
En la determinación de la custodia de los (las) menores los tribunales deberán guiarse por el bienestar y los mejores intereses del (la) menor. (n.n.n.vs. n.n.n.) 95 DPR 291; Castro Vs. Meléndez, 1961, 872 DPR 573, Tiopart V. Mesrana, 1935, 49 DPR 25 Y Chabert V. Sánchez, 1921, 29 DPR 241).
Segundo -¿Qué es Custodia?
Custodia se define como tenencia o control físico que tienen los padres sobre sus hijos(as) no emancipados(as) (Torres Ojeda y Chavez Ex parte 87 JTS 19). En rigor jurídico, la custodia es un atributo inherente a la patria potestad a pesar de que el código civil y la jurisprudencia las tratan como independientes. (87 JTS…