El pago de la cuantía impuesta por concepto de alimentos se hará en los primeros diez (10) días del mes para el cual corresponde. Si el alimentista fallece, vigente la obligación, sus herederos no están obligados a devolver lo que aquel haya recibido anticipadamente.
Divorcio y la importancia de los acuerdos
Artículo 462. — Contenido de la sentencia.Si no hay acuerdo entre los cónyuges o si lo hay y el tribunal lo rechaza, la sentencia dispone las medidas y condiciones que regulan los siguientes asuntos:(a) el ejercicio de la patria potestad y la custodia de los hijos menores de edad o de la patria potestad prorrogada…
Artículo 666. — Cuantía de los alimentos del menor de edad. Código Civil 2020
La cuantía adecuada de alimentos para el menor de edad se fija siguiendo los criteriosdispuestos en la ley especial complementaria. Ley Orgánica de la Administración para el sustento de menores Ley 5 del 30 de diciembre de 1986 según enmendada. Guía mandataria para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico.