El Tribunal Supremo de PR determino que luego de examinar la jurisprudencia federal y estatal, así como los parámetros estatutarios y reglamentarios de la Comisión Apelativa del Sistema de Administración de Recursos Humanos del Servicio Público (CASARH), ahora CASP, y las doctrinas de jurisdicción primaria y la de agotamiento de remedios administrativos, son del criterio que el empleado público reclamante puede acudir al foro de instancia con su causa de acción al amparo de la Sección 1983 de la Ley de Derechos Civiles federal, por alegado discrimen político en el empleo.
La pregunta para los abogados litigantes y los empleados es si vale la pena quedarse en el foro administrativo y ir directamente al foro federal. Por un lado tenemos que un litigio en foro federal resulta muy oneroso en Puerto Rico. Muy pocas personas tienen el dinero para costear los costos de una litigacion federal. Por otra tenemos que según mi experiencia los casos en CASP duermen el sueno de los justos ya que cada día tienen menos recursos, mas casos y presión del Gobierno.

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