Primero se verifica la cuantía que reciben los menores directamente del Seguro Social; luego se identifica cuanto usted recibe. Se hace el computo matemático acorde con las tablas contenidas en la Guías para determinar y modificar pensiones de alimentos (Las Guías) cuanto usted debería estar pagando a beneficio de los menores según sus ingresos de seguro social y cualquier otro ingreso que usted posea. Si los beneficios que recibe el menor directamente del Seguro Social son igual o mayores que los que establecen las guías; el Tribunal convalidara el beneficio recibido como equivalente a la pensión alimentaria. Usted no tiene que hacer desembolso alguno.
No obstante, (y aquí esta el problema) si el beneficio es menor a lo que por ley el menor debe estar recibiendo; entonces el usted deberá pagar la diferencia. De esa manera entre su bolsillo y el Seguro Social el menor recibirá lo que en ley le corresponde.
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Si ellos voluntariamente no acceder entonces deberá acudir al tribunal. Previo a eso deberá verificar su responsabilidad actual acorde su seguro social, la edad del menor, los gastos extraordinario.
EL PADRE DE MIS HIJAS TIENE LA PENSION ATRASADA Y NO FUE HASTA ENERO QUE EMPEZARON A RECIBIR SU SEGURO SOCIAL, ESTO REMPLAZA EL PAGO DE PENCION, AUN CUANDO LO ESTIMADO POR ASUME ERA EL MINIMO POR QUE EL NO TRABAJABA, AHORA LO QUE RECIBEN ES 185. AL MES… Y SI TE CUENTO DEL GASTO DE ESCUELA, NO SE COMO PRETENDEN QUE ESO ME DE PARA COSTEARLO TODO!!!
Es necesario saber cuánto recibe el padre custodio. Dependiendo de dicha cuantía se deberá verificar si lo pagado por el seguro social es adecuado. Si no el padre de la menor tendría que pagar la diferencia
Mi esposo esta incapacitado por el seguro social desde el 2009. Tiene una hija menor que la madre recibe de beneficio del seguro social $1,062. Los acuerdos del divorcio en el 2006 establecio pension de $500, pago de seguro de salud, pago de colegio. Mi esposo y yo vivimos en Orlando, Fl y su hija en PR. La madre de la niña esta solicitando aumento de pension y el ingreso de Seguro Social de mi esposo es $2,020 y es paciente siquiatrico y paciente de cancer. En mayo 2016 la juez de la region de Arecibo denego la solicitud de aumento basandose que el Seguro Social sustituia la pension alimentaria. La madre buscó reconsideración basandose en una información que no es correcta y pudimos probarlo. Mi esposo perdio una pension que caducaba a los 65 años en julio 2016. Para nuestra sorpresa la juez envio otra orden en agosto indicando todo lo contrario. establecio pension retroactiva junto a gastos extraodinarios que suman casi $10,000. Todavia no entendemos porque la juez hizo esto sabiendo que mi esposo solo ingresa $2,020. Que nos recomienda al respecto? Mi esposo esta desesperado y mas con todos los gastos medicos que tiene. Gracias
Bendiciones, lamento mucho la situación. En cuanto a lo que compartió, lo único que procede es apelar la determinación (desde la fecha de notificación, 30 días) o acatar la orden y pagar. Si usted no presenta la apelación fundamentada en derecho, la realidad es que no podrá hacer nada y la sentencia será final y firme. Desde que se expidió la sentencia usted tiene 15 días para hacer una reconsideración. En la misma podría presentar la evidencia de los gastos médicos extraordinario de su esposo. Pero le adelanto que el Tribunal no responde a los gastos del padre sino a los gastos de los menores. Habiendo trascurrido desde agosto del año pasado más de 30 días es muy difícil que podamos hacer algo que no sea pedir una revisión la cual posiblemente no afectará el retroactivo establecido y que es por el mero trascurrir del tiempo es final firme y inapelable.
Mi hijo cojia pensión alimentisia de $220 y su padre en peso a Cojer seguro social y le en pesaron a mi hijo $414 por incapasido de seguro social pero es por incapasida y su padre quedo debiendo $3,000 dolores de pensión y el tribunal quieren que la deuda de el .se la cuenten del lo de en capasida de mi hijo como es eso. no en tiendo o pensión es una cosa y el seguro social es atra cosa me pueden a lludar gracias
Hola y bendiciones. El seguro social que el menor recibe es por usted o por el padre no custodio? Si el seguro social es por el padre no custodio, el seguro social está pagando por él. Es como si el padre no custodio le estuviera dando el dinero al menor directamente. Los atrasos van contra el retroactivo que se recibió. Si no hubiese retroactivo o es menor a la deuda entonces usted puede cobrar la diferencia.
Quiere desir que como el seguro social es más alto que la pensión pues le cuentan la pensión ay y la deuda se queda
Exactamente
Se recibió retroactivo? Si no se recibió retroactivo por el tiempo en que no se solicitó pero no se recibió seguro social usted puede llevar al padre por esa deuda
Si el menor estaba recibiendo el seguro social por su padre entonces se toma como pago de la pensión alimentaria
Mi hijo cojio pension 220 mensual y el papa en peso a coger seguro social y le en pesaron a pasar 414 y no quieren pasar la pensión esto es así y quedo debiendo 3,000 de pensión alimentisia . Que es siento puedo luchar por la deuda
Se toma la deuda menos lo que recibió de retroactivo. Estamos para ayudarle, pase con los documentos por nuestra oficina.
Recibo seguro social por incapacidad y vivo en Estados Unidos, mi hija vive en Puerto Rico, y recibirá ultimo cheque de seguro social, por mi parte, el mes que viene, como se calcula la pension que debo pasar desde junio hasta que el menor cumpla 21 años?
En Puerto Rico ya mayoría de edad es hasta 21 a menos que se case. Se establece la pensión de la jóven, tomándose lo que usted recibe de seguro social y lo que recibe la madre custodia.
Vivo en ohio recibo 731 de seguro social por incapacidad. Estoy en planes de divorcio, esto podría afectar mis beneficios? Ó el seguro social ayuda con beneficios para mis dos hijos?
Hola y bendiciones. Las leyes de familia cambia de estado en estado y de territorio a territorio. Solo podría contestar la pregunta si los dos hijos residen en Puerto Rico. Me imagino que incluyó a sus hijos como dependientes al momento de solicitar su incapacidad. En Puerto Rico se establece cuanto sería su obligación acorde con la cuantía que usted recibe de seguro social. Luego que se establece su responsabilidad según sus ingresos por incapacidad, se resta lo que en efecto recibe los menores por usted del seguro social. Si su responsabilidad es igual o menor al pago del seguro social, entonces eso es todo lo que se le podrán exigir a usted. Si la cuantía que los menores reciben es menor a lo que deberían recibir entonces usted es responsable de dicha diferencia.
Mi ex esposo recibe 1.300 de seg soc y dejo de pagar la pensión mi hija tiene 18 años y estudia en la univ que debo hacer
El padre no custodio está obligado al pago de pensión hasta los 21 años. Por lo cual, deberá ir al Tribunal y solicitar una revisión de pensión alimentaria.
Saludo tengo una duda tengo un caso en corte por pensión alimenticia. Cuando le lleque el recrativo al papa se paga la deuda automatica o yo tengo que notificalo al seguro social
Tengo que entregar al padre el dinero de retroactivo del seguro social de los niños porque el padre tiene al día el pago de la pensión alimentaria? El padre recibirá el seguro social por incapacidad y los niños son menores de edad.
Su situación no es una general, por lo cual no se puede contestar sin examinar la totalidad de las circunstancias. Se tiene que ver cuanto pago hasta esa fecha el padre no custodio, de igual manera cuanto le hubiese correspondido pagar a este durante este tiempo, cuanto recibieron los menores del seguro social. En general es un proceso matemático que se tiene que realizar acorde a la luz de la ley y reglamentos
Recibo 547.00 de ss, y la madre de mis hijos me quiere llevar a la corte para que pase pencion, ellos no resiben ss, que derecho tengo o mis hijos. Ellos viven en Florida U.S.?
Esto es un caso interestatal. El mismo se va a determinar a acorde a las leyes y reglamentos del Estado donde residen los menores. Debe contactar Child Support del county donde reside.
excelente información la que entregas aquí, haces ver las cosas desde otra perspectiva
Muchas gracias
Saludos. Mi caso es el siguiente yo soy la madre custodio hace un año que me incapacitaron mi hija estaba recibiendo $471 de beneficios del SS por mi incapacidad. El padre le pasaba de pensión $ 240.00 Pero este año comenzó a recibir el SS y me informo que llamara al SS para añadir a mi hija y lo que ocurrió fue que ajustaron mi pensión a la de él y ahora la niña lo que recibe son $538.00 por los dos y el ya no le pasa pensión. Ella padece de Colitis Ulcerosa y requiere de una dieta especial. Quiero saber si al padre le corresponde pasar pensión alimentaria.
Se tendría que verificar cuanto recibe cada padre de seguro social y cuáles son lo gastos no cubiertos por el plan médico y todos los recibos relacionados con la menor