El alimentante no puede reducir la cuantía de la obligación sin la autorización judicial.
Sometida la solicitud de reducción y probados sus fundamentos, el tribunal dictará su
resolución, desde cuya fecha será efectiva.

–Toma control de tu vida hoy, recibe una orientación legal.   Llamamos para coordinar una cita  con los licenciados: Ana Hilda Cardona 787-816-1593  ó  José A. Saliceti 787-829-2640 Estamos para ayudarles.- –

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