Título de la ley. (31 L.P.R.A. § 1) denominada “Código Civil de Puerto Rico” es la edición de 1930. Ha sido enmendada. Podríamos decir que ha sido enmendado mas de 50 veces pero todavía no se ha revisado completamente. La ley tiene 88 veranos. Esto significa que el código que estudio mi padre que se encuentra retirado; es básicamente el mismo que el que yo utilizo al día de hoy. Esto es un instrumento obsoleto que debe ser atemperado a las realidades. Pero claro, nadie quiere ponerle el cascabel al gato. Se habla desde hace mucho tiempo de una reevaluación completa pero la misma pasa el tiempo y no se ha hecho nada.