Criterios a Considerarse en la Adjudicación de Custodia

Lo primero que hago notar a mi misma y a la profesión es que probablemente tendremos una o mas vistas en los casos de divorcio contencioso.  Si las partes no se ponen de acuerdo con la custodia entonces tenemos que añadirlo en costos y honorarios de abogados.  Normalmente el hecho de las relaciones paterno/materno filiares no salia hasta meses del divorcio.  Era por uso y costumbre que las mujeres ostentaba la custodia y lo que los abogados que defendemos los intereses de los padres velamos era porque al menos se respetara el derecho a verlos los fines de semana alternos, fechas festivas, días de vacaciones entre otras cosas.   Esto cambio y tenemos que empezar a pensar como trabajar con el cambio. 

Al considerarse una solicitud de custodia en la que surjan controversias entre los progenitores en cuanto a la misma, el tribunal referirá el caso al trabajador social de Relaciones de Familia, quien realizará una evaluación y rendirá un informe con recomendaciones al Tribunal. Tanto el trabajador social, al hacer su evaluación, como el tribunal, al emitir su determinación, tomarán en consideración los siguientes criterios:

OH DIOS como si los Trabajadores sociales del Tribunal no tuvieran suficiente trabajo.   Si los padres no se ponen de acuerdo, cosa que rara vez pasa, entonces ellos tendrán que intervenir.  Los TS tienen tanto trabajo que automáticamente cuando pedimos los abogados evaluación, sabemos que el caso no se puede calendarizar sino hasta 3 a 4 meses después.  Creo que los TS estarán pidiendo que los casos sean referidos al mediador para los efectos de custodia a gritos.

1) La salud mental de ambos progenitores, así como la del hijo(a) o hijos(as) cuya custodia se va a adjudicar.

2) El nivel de responsabilidad o integridad moral exhibido por cada uno de los progenitores y si ha habido un historial de violencia doméstica entre los integrantes del núcleo familiar.

A que se refiere el tribunal a responsabilidad o integridad moral.  Como se define, como se mide como se prueba.  Tremendo reto no. Sin pensar todos las mujeres que gritaran el lobo me come solo para tener la custodia única.  

3) La capacidad de cada progenitor para satisfacer las necesidades afectivas, económicas y morales del menor, tanto presentes como futuras.

Entonces el padre que tenga mas dinero podrá tener a los menores.  Hace tiempo que se compran a los adolescentes pero ahora también compraran a los pequeños.   

4) El historial de cada progenitor en la relación con sus hijos, tanto antes del divorcio, separación o disolución de la relación consensual, como después del mismo.

5) Las necesidades específicas de cada uno de los menores cuya custodia está en controversia.

6) La interrelación de cada menor, con sus progenitores, sus hermanos y demás miembros de la familia.

7) Que la decisión no sea producto de la irreflexión o coacción.

8) Si los progenitores poseen la capacidad, disponibilidad y firme propósito de asumir la responsabilidad de criar los hijos conjuntamente.

9) Los verdaderos motivos y objetivos por los cuales los progenitores han solicitado la patria potestad y custodia compartida.

10) Si la profesión, ocupación u oficio que realizan los progenitores impedirá que funcione el acuerdo efectivamente.

11) Si la ubicación y distancia de ambos hogares perjudica la educación del menor.

 

2) La comunicación que existe entre los progenitores y la capacidad para comunicarse mediante comunicación directa o utilizando mecanismos alternos.

Según he visto casos donde las partes tiene un hermoso dialogo. La realidad de los Tribunales me dice que en ocasiones ni los abogados no podemos poner en acuerdo mucho menos dos personas heridas y en pleno memento de dolor.  De hecho muchos se divorcian porque ya no comparten o hablan, entonces el divorcio no va a curar eso de un día para otro.

13) Cualquier otro criterio válido o pertinente que pueda considerarse para garantizar el mejor bienestar del menor.

Todo esto de custodia compartida me parece muy bonito en papel pero la realidad no es lo mas practico.  Me parece que la legislatura trato de hacer lo de Solomon (partamos al niño por la mitad) pero no veo como funcione.

2 comentarios en “Criterios custodia compartida

    1. Sobre este particular especifico no existe jurisprudencia o ley que clarifique. Si existe custodia realmente compartida, eso es si el menor o menores comparten igual proporción de tiempo con ambos padres se podría entender que ninguno de los padres tiene derecho a hogar seguro. Pero la realidad social y fáctica es que aun cuando el documento diga que existe custodia compartida, uno de los dos, en la mayoría de las veces la madre; es la que esta un porciento mayor de tiempo con el menor. Esa persona que tiene el porciento mayor de tiempo al menor, es quien probablemente prevalecerá en la solicitud de hogar seguro.

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